PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE LITIGIOS
1. Atención al cliente, quejas y reclamaciones
MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. pone a disposición de sus clientes un Servicio de Atención al Cliente gratuito para atender y resolver las consultas, incidencias, quejas y reclamaciones relacionadas con la contratación, facturación, suministro de energía eléctrica y, en general, con los servicios prestados por la comercializadora.
Los clientes podrán presentar sus consultas, quejas o reclamaciones a través de los siguientes canales:
La presentación y tramitación de las reclamaciones será gratuita.
Una vez recibida la reclamación, MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. facilitará al cliente un número o código de referencia que permita identificarla y realizar su seguimiento.
Cuando la reclamación sea presentada por medios electrónicos, se remitirá al cliente el correspondiente acuse de recibo.
2. Tramitación y resolución de reclamaciones
MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. analizará la reclamación y realizará las comprobaciones necesarias para su adecuada resolución.
La reclamación será resuelta dentro del plazo máximo establecido por la normativa vigente, comunicándose al cliente una respuesta motivada a través de un medio que permita dejar constancia de su contenido.
Durante su tramitación, el cliente podrá solicitar información sobre el estado de la reclamación mediante los canales de atención indicados anteriormente.
3. Resolución alternativa de litigios – Sistema Arbitral de Consumo
Cuando el consumidor no esté conforme con la respuesta recibida a su reclamación, o cuando haya transcurrido el plazo legalmente establecido sin haber obtenido una resolución, podrá acudir a los mecanismos de resolución alternativa de litigios previstos en la normativa de protección de consumidores y usuarios.
MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. se encuentra adherida al Sistema Arbitral de Consumo a través de la Junta Arbitral Nacional de Consumo.
La adhesión tiene carácter indefinido y comprende la actividad desarrollada por MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. como comercializadora de energía eléctrica.
Las controversias sometidas al Sistema Arbitral de Consumo podrán ser resueltas en equidad o en derecho, a elección del consumidor, de conformidad con los términos de la adhesión de MEGAWATIO ENERGÍA, S.L.
La adhesión fue admitida por resolución de la Junta Arbitral Nacional de Consumo, con efectos desde el 3 de julio de 2026, habiéndose concedido a MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. el distintivo oficial de adhesión al Sistema Arbitral de Consumo n.º 1091.
4. Junta Arbitral Nacional de Consumo
El consumidor podrá solicitar la resolución de la controversia mediante el Sistema Arbitral de Consumo, una vez haya presentado previamente su reclamación ante MEGAWATIO ENERGÍA, S.L.
La entidad competente es:
JUNTA ARBITRAL NACIONAL DE CONSUMO
Dirección General de Consumo
C/ Príncipe de Vergara, 54
28006 Madrid
Correo electrónico: junta-nacional@consumo.gob.es
El Sistema Arbitral de Consumo constituye un mecanismo extrajudicial de resolución de controversias entre consumidores y empresas, sin perjuicio del derecho del consumidor a acudir a otros organismos administrativos o a los Juzgados y Tribunales competentes.
5. Otros mecanismos de protección del consumidor
Asimismo, los consumidores podrán solicitar información y asistencia ante las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y los organismos competentes en materia de consumo y energía de las Comunidades Autónomas.
La utilización del Sistema Arbitral de Consumo no limita los derechos que la legislación reconoce a los consumidores y usuarios.
6. Distintivo oficial de adhesión
MEGAWATIO ENERGÍA, S.L. es empresa adherida al Sistema Arbitral de Consumo, distintivo oficial n.º 1091.